Libertades de acción y acción de libertad. Son asuntos diferentes. Aquellas son facultades potestativas derivadas de algún derecho civil o político que las define y limita. Ésta es una capacidad creadora de . Aquellas son potestades regladas, ésta, una potencia discrecional. Aquellas son constituidas. Ésta es constituyente. Aquellas son libertades civiles, personales o públicas. Ésta es la . La libertad que acaba donde empieza la de otro no es libertad política. Aquellas han sido objeto de incesantes reflexiones, ésta no ha aflorado en la filosofía de la acción.

Si prescindimos de las envolturas ideológicas de la libertad, si nos atenemos al sentido etimológico de la palabra comprobamos que, junto a los nuevos sentidos que le agregaron los acontecimientos, la libertad aun conserva el aura divina del dios Liber (Baccus), el que hacia crecer la vid, regaba de vino al hombre disponible para reproducirse (liber) e impulsaba el crecimiento de los niños (liberi). Palabras latinas que, como la griega eleutheros, fueron aplicadas a pueblos con autonomía para desarrollarse, sin dependencia de otras naciones -libertad política en Montaigne-, o con juventud para liberarse de tiranos, sin la servidumbre voluntaria a que se sometieron los liberados de la esclavitud (liberti), como siervos feudales.

!Libertos! Ese es la condición de quienes sostienen el , librados de la dictadura. No hay libertad política en los europeos liberados por de la servidumbre totalitaria. Sin conquistar su libertad política, permanecen sujetos a partidos estatales. Un señorío que reproduce las formas de dominación medieval, con sentimientos de patriotismo feudal y con vasallaje al partido protector del pacto de fidelidad al feudo. Europa no tendrá independencia frente a su libertador, ni autonomía política en su desarrollo, mientras dure la cultura satisfecha y optimista del liberto, como la del carnero agradecido en la fábula de Santayana, que está feliz porque fue liberado del feroz lobo (fascionazista) por un depredador amable.

En la vida civil, ciertos agentes sociales consiguen superar la condición de libertos en sus existencias personales. Son aquellos cuyo impulso vital les empuja a ser creadores o autónomos en el empeño de sus vocaciones y desempeño de sus profesiones. Empresarios, empleados que eligen su puesto de trabajo, profesionales libres, artistas, científicos, investigadores, artesanos y autores de algo nuevo. Pero incluso estas personas tan valiosas, cuando entran en la esfera política, según observó , piensan como infantes, se consideran ciudadanos “como si“ fueran libres y actúan como libertos, dando poder sin control a partidos estatales, en simulacros electorales de los que salen listas de mandados a superfluos parlamentos.

Los modernos libertos, satisfechos de gozar de las libertades civiles y públicas de los hombres libres, no echan de menos la libertad política, que creen tener cuando hacen, con sus votos, que un partido gobierne en lugar de otro. Con libertad de elección entre partidos gubernamentales iguales, los libertos ni siquiera alcanzan el libre albedrío. Según Duns Escoto: querer los efectos posibles de lo que se elige. En este Régimen, donde se sabe por anticipado el efecto corruptor de la elección de listas, el pecado no está en elegir la mala, sino en votar a cualquiera de ellas.

La libertad de elección, inventada por las abadías medievales para designar por votación a los abades, no es la libertad de la . Esta requiere que, sin asomo de consenso, se elijan distintas opciones de gobierno, distinta dirección de los asuntos públicos. Los jefes de partido, como los abades, solo se diferencian por su talante y su cháchara. Y elegir entre talantes y chácharas es la típica libertad de los que cambian de canales en la telebasura. Una facultad tan servil al provecho de los licenciosos emisores, como la de votar a los aprovechados posesores del Estado de Partidos.

Los libertos de la Monarquía regentada por los partidos solo aprecian la libertad negativa. La que se define, sea por la ausencia de obstáculos al enriquecimiento, sea por la apatía o la indiferencia de los gobernados, es decir, la clase de libertad que caracterizó al pensamiento conservador o reaccionario, de la que no se aleja la libertad existencial anidada en el inconsciente de la acracia o del nihilismo. Y la libertad de los liberales, llamada positiva por Isaac Berlin (Dos conceptos de la Libertad, 1959), puede ser civil pero no libre, pues es legal y autorizada por un derecho. Con precisión de sentido y alcance, los anglosajones llaman civiles a los derechos que Europa considera políticos.

Ante el vacío conceptual de la libertad política, mejor dicho, de la acción política de libertad, se comprenden las palabras de Sartre, al decir que será la filosofía la que sustituirá al cuando exista una libertad real para todos, aunque “no poseemos ningún medio, ningún instrumento intelectual, ninguna experiencia concreta que nos permita concebir esta libertad o esta filosofía“ (Crítica de la Razón Dialéctica, 1960). Pues bien, la Constitucional, inspirada en la experiencia concreta e inicial del , ha concebido esta libertad y esta filosofía. Y para refinar su instrumento intelectual, tras haber descrito la materia-forma de la res publica y la libertad de acción, y antes de definir la acción política de la libertad real para todos, debe de explicar que el derecho natural, del que derivan las libertades y derechos civiles, no fue deducido de la teología escolástica de la de la persona, sino enteramente construido por tres humanismos republicanistas: el florentino, el holandés y el inglés.

Puede ver un pequeño resumen de la biografía de D. Antonio García-Trevijano en este enlace.
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